Por Rosa Marina Flores Cruz

Las mujeres levantan la voz, toman la palabra, cuentan sus propias historias y plantean dudas, se trata de un tema conocido, vivido de manera directa por ellas mismas. El hombre joven es un abogado agrario llamado Flavio Ayuso, se encuentra en la comunidad para realizar una serie de talleres que, desde enero, está dando al grupo. Les habla de un tema fundamental: la importancia del ejido y la participación de las mujeres en el mismo.

Mujeres de Ixil, Yucatán en el taller de derechos agrarios.
Fotografía de la autora

La noche cae mientras un grupo de mujeres se reúne en un cuarto pequeño en obra negra en la comunidad maya de Ixil, en la península de Yucatán. Primero llegan cinco, poco a poco van integrándose más, algunas traen consigo un documento engargolado, otras traen comida, algunas llegan sólo con sus bolsos de mano. La frescura de la tarde entra por las ventanas y las puertas abiertas, en el ambiente se siente la expectación, el interés en el tema de la reunión es claro en sus rostros.

Una hora después hay alrededor de veinte mujeres reunidas, de edades tan distinta que abarcan desde los 16 hasta los 75 años. Se encuentran sentadas, pegadas a las paredes del cuarto, mirando en una misma dirección, hacia el frente, donde un hombre joven de voz grave expone para ellas.

Las mujeres levantan la voz, toman la palabra, cuentan sus propias historias y plantean dudas, se trata de un tema conocido, vivido de manera directa por ellas mismas. El hombre joven es un abogado agrario llamado Flavio Ayuso, se encuentra en la comunidad para realizar una serie de talleres que, desde enero, está dando al grupo. Les habla de un tema fundamental: la importancia del ejido y la participación de las mujeres en el mismo.

“El ejido es una de las formas colectivas de tenencia de la tierra que fueron creadas en México después de la Revolución, la otra figura son los Bienes Comunales” cuenta Flavio. De acuerdo con la Procuraduría Agraria el ejido representa más del 50% de la extensión de las tierras en el país.

Las figuras del Ejido y los Bienes Comunales garantizaron el acceso a la tierra para miles de personas campesinas e indígenas en todo el país, en 1915 se decretó la obligación del Estado mexicano a “dotar de tierras y aguas suficientes a la población”, sin embargo, dicho reparto se detuvo en 1992 con la reforma al artículo 27 constitucional creando la ley agraria vigente.

La propiedad agraria otorgaba tierras sujetas a un régimen de protección especial, donde la propiedad asignada no podía ser hipotecada, vendida, transferida o arrendada. Las tierras que no podían ser mercantilizadas y el derecho de usufructo estaba condicionada al trabajo personal y directo del ejidatario o comunero, de acuerdo con Elsa Almeida en un informe del 2009 publicado por la International Land Coalition y la organización CEMDA.

Pero, el reparto no resultó equitativo, de acuerdo con la misma Procuraduría Agraria hasta 1971 fueron necesarios 50 años de decretado el reparto, para que las mujeres pudieran ser sujetas agrarias y participaran en el ejido y los bienes comunales, sin poner en riesgo sus derechos al cambiar su estado civil.

A esto, se suman las prácticas patriarcales de herencia de las tierras, que benefician en particular a los varones como herederos de derechos agrarios y de tierras. Entonces, cabe preguntarse ¿cómo es que esto se refleja en los derechos actuales de las mujeres sobre la tierra?

En la comunidad maya de Ixil, Yucatán, las mujeres se encuentran reunidas para responder sus dudas sobre cómo funciona el ejido. “Para nosotras es muy importante este tipo de cursos, porque así no nos pueden decir que no sabemos, antes cuando asistíamos a las asambleas del ejido nos decían que no podíamos hablar porque somos mujeres, el comisario nos callaba y nos decía que podíamos y escuchar, pero no hablar”, me contó Doña Mercedes Cocom, una de las participantes del taller.

De acuerdo con el Registro Agrario Nacional, en 2018 sólo 3 de cada 10 ejidatarios y/o comuneros eran mujeres y en 2019 tan sólo el 7.9% de los órganos de representación eran presididos por ellas. Los varones han sido los principales sujetos de derecho agrario basados en la lógica patriarcal de los jefes de hogar y la división del trabajo por género, fundamentalmente en el campo.

La viudez: una vía para adquirir los derechos agrarios

Del grupo de 18 mujeres sólo dos son ejidatarias: Doña Mercedes y Doña Conchi. Ellas me cuentan que pudieron acceder a sus derechos ejidales hasta después de enviudar, a pesar de que ambas fueron hijas de ejidatarios. La viudez resulta ser una de las formas más comunes por las que los padrones ejidales y comunales se feminizan.

El abogado agrario Flavio Ayuso me comentó que recientemente muchas mujeres han podido acceder a derechos agrarios por la vía de sucesión, mediante litigios. “La sucesión ha permitido el acceso a las mujeres porque los titulares que en su mayoría son los esposos y [en muchos casos] no dejan sucesor, la ley agraria permite a las esposas acceder por esta vía. Aunque a veces ni siquiera esta información la tienen las mujeres, esto provoca que en la misma asamblea se repartan estos derechos entre hombres o se los den a otras personas.”

Sobre su historia Doña Conchi cuenta “Yo crecí en una hacienda, los ejidatarios cobraban un dinero y no le decían nada a los demás, mi papá era ejidatario, cuando él

murió mi mamá no se quiso meter y ese derecho lo agarró mi hermano. Hasta que me casé y después enviudé, ahí es cuando pude pelear el derecho de mi esposo. Por eso desde 2006 soy ejidataria.”

En su informe, Elsa Almeida señala que los derechos de sucesión son trasladados a las esposas o concubinas de los ejidatarios, por el hecho de haber tenido vida marital, la parcela individual termina considerándose patrimonio familiar. Esta condición ha generado cierto envejecimiento de las mujeres en el padrón, pues muchas de las ejidatarias y comuneras viudas son mujeres de edades mayores.

Sobre el acceso de las mujeres a los derechos agrarios hablé también con Mitzy Cortés, joven mujer mixteca egresada de la Licenciatura en Ciencias Políticas, que acaba de adquirir el derecho de comunera y está fungiendo con el cargo de secretaria en el comisariado de su comunidad en Tecomaxtlahuaca en el estado de Oaxaca.

Ella menciona que en su comunidad las mujeres que son comuneras son en su mayoría de edades mayores, pero “su presencia es muy importante”, señala. “Son ellas [las comuneras mayores] las que han mantenido la asamblea y han mantenido los trabajos que se han hecho. Muchas de ellas sus hijos migraron, varias siembran con sus familias, en su mayoría son mujeres que no saben leer y escribir, entonces esto también resulta un obstáculo, porque para conseguir su documentación necesitan un intermediario y se les dificulta acceder a programas, apoyos o incluso sus propias acreditaciones.”

La edad no es un obstáculo para que las mujeres se involucren en los asuntos del ejido, pero las mujeres más jóvenes deben encontrar estrategias distintas para hacer valer sus derechos agrarios. En los ejidos, varias de ellas logran obtener su nombramiento como avecindadas garantizándose, hasta cierto punto, participación y agencia dentro de las asambleas.

En palabras de Flavio Ayuso: “El avecindamiento es una figura otorgada por la asamblea a partir del cumplimiento de ciertos requisitos. Permite a las mujeres acceder al ejido, pueden solicitar la asignación de tierras, se les concede la posibilidad de convertirse en ejidataria o comunera, las convierte directamente en sujetos de derechos agrarios. Como avecindadas pueden ir al Tribunal Agrario y demandar en caso de que exista algún

conflicto respecto a las tierras, pero no pueden votar en la asamblea ni ocupar ningún cargo de representatividad.” Es decir, la decisión final de nombrar avecindados continúa siendo una prerrogativa de la asamblea.

Al respecto me dice Betty Garrido, una de las mujeres de Ixil: “Yo ahora sé que como avecindada tengo el derecho a participar en la asamblea, no puedo votar, pero puedo ir, escuchar y participar, aunque no pueda decidir”. Ella es una de las que ha impulsado la creación del grupo de formación para mujeres en materia agraria y de las participantes más activas: “Yo varias veces me planté en la asamblea y le dije al que era comisario: todo lo que dices está mal. Y jamás me calló, pero a otras mujeres sí las callaba. Yo vi que la participación de la mujer no era importante. Ahí el que mandaba era nada más un grupito”, señala.

De acuerdo con el informe de Almeida, los derechos de propiedad para las mujeres avecindadas se limitaban a la posesión de un solar para vivienda, así como a la posibilidad de participar en la estructura organizativa de las Unidades Agrarias e Industriales para la Mujer (UAIM), cuya asignación depende de la asamblea del ejido o bienes comunales. La condición de avecindadas, a pesar de dejar en cierta vulneración respecto a los ejidatarios y la asamblea, dota de una condición un poco más privilegiada respecto al resto de la población.

A pesar de que en 1992 la Ley Agraria estableció la creación de las UAIM para asegurar a las mujeres un espacio para iniciar un proyecto productivo, de acuerdo con el Registro Agrario Nacional en 2021 solo existían 1050 Unidades agrícolas e industriales de la mujer constituidas en los núcleos agrarios a nivel nacional (1046 ejidos y sólo en 4 comunidades), de un total de 31 873 ejidos y comunidades.

Al preguntarle sobre esta figura, el abogado Ayuso me comenta que: “en esencia, las UAIM tienen la finalidad de proporcionar un espacio productivo dentro del territorio ejidal a las mujeres. Una de las características más importantes es que las mujeres no necesitaban ser ejidatarias, si no estar organizadas en cooperativa o sólo colectiva, pero sí necesitaban solicitar permiso a la asamblea para poder acceder. Si bien se creó la figura, este otro de los elementos de los que no existe información en el ejido”.

La asamblea, otro espacio de exclusión.

La asamblea fue constituida como el órgano supremo para la toma de decisiones de la población ejidal y comunal. Según el informe “Los derechos agrarios de las mujeres indígenas en la Ley Agraria vigente: Un retroceso formal en prejuicio de las mujeres” de Fabiola Hernández publicado en 2012 por Tequio Jurídico, A.C: “la asamblea de comuneros/as está integrada en su mayoría por varones, si el gobierno reconoce a la asamblea como órgano supremo para tomar decisiones, son los hombres quienes deciden por las tierras de la comunidad” (página 13).

Mitzy Cortés refuerza este argumento al señalar, desde su experiencia, que: “En mi comunidad, por ejemplo, la asamblea [de bienes comunales] si es más o menos 50 y 50 [por ciento], pero existe una fuerte diferencia en la representatividad, existen muy pocas mujeres dentro del comisariado de bienes comunales. Nunca ha habida una comisariada de bienes comunales. A pesar de que las mujeres son las que sostienen gran parte de los trabajos, hay una cuestión patriarcal de decir que las mujeres no pueden aguantar la carga. Si acaso aparecen mujeres es como secretarias, no como presidentas u otro cargo.”

Y es que, “para las mujeres involucrarse en las tareas relacionadas con el ejido y los bienes comunales implica un aumento al doble o triple de la carga de trabajo, sobre todo relacionada con las labores de cuidado y crianza”, sostiene Cortés. Esto se refleja en el bajo índice de cargos ocupados por mujeres, de acuerdo con el informe del 2017 del Registro Agrario Nacional, sólo el 2.5 de las representaciones agrarias (tanto de bienes comunales como de ejidos) eran encabezadas por mujeres.

Los comisariados ejidales y de bienes comunales muchas veces controlan la información que proporcionan a las mujeres, en su experiencia Nelly Cobá de Ixil me cuenta que a ella el comisariado le negó los derechos de sucesión de su padre cuando fue a preguntar al respecto: “Los vecinos es que me dijeron: No, tú papá sigue ahí, lo siguen nombrando. Pero yo ya hablé con ese señor y me dijo que no, que no tengo por qué meterme. Y fue cuando le conté a mi madrina [otra de las mujeres del taller] y ella me dijo, vente a las juntas. Pero sí nos dicen: tú no tienes con porqué hablar. Es por sus posiciones machistas.”

Las sucesiones, los nombramientos como avecindadas, los cargos de representación e incluso el otorgamiento de la UAIM todo queda a cargo de los hombres que controlan las asambleas ejidales. “Son estructuras sumamente patriarcales, se menosprecia el trabajo de las mujeres porque se asume que las que hacen el trabajo del campo son las mujeres y esto limita la posibilidad de ejercer los derechos que implica ser comunera o comunero”, señala Mitzy Cortés.

Especulación inmobiliaria con la tierra.

Reconocer las tierras para protegerlas

Las mujeres de Ixil revisan juntas un mapa de los límites del ejido, con sus dedos siguen los trazos y las líneas, las formas y los colores en el papel, comentan entre ellas los sitios que reconocen. ¡Es muy grande! Exclama una de ellas. Dicen que es la primera vez que ven un mapa completo del ejido, pues los planos que se obtienen en el Registro Agrario Nacional comunmente son resguardados por los comisarios o por otros miembros del ejido, siempre hombres.

En sus voces se nota emoción, pero, sobre todo hay interrogantes, quieren conocer bien lo límites de sus tierras, ubicar las zonas invadidas y las que están en riesgo, en sus miradas pareciera que quisieran memorizar cada trazo. Entre ellas han formado un grupo sólido de apoyo, me cuentan que se convocaron de boca en boca, invitando a las vecinas que sabían que podían estar interesadas a platicar y aprender de sus derechos agrarios.

Su comunidad ha estado en conflicto por unas tierras que trataron de ser privatizadas desde hace ocho años; fue hace tres años, justo antes de la pandemia, que comenzaron a organizarse con abogados y otros asesores para poder exigir el respeto a sus tierras de uso común.

Les pregunto por qué hay sólo mujeres, si es que su proceso lo han impulso tanto hombres como mujeres. “Estamos aprendiendo juntas, porque a nosotras es a las que menos nos cuentan o nos preguntan cuando pasan cosas en el ejido, por eso nosotras tenemos que aprender más, ahora sabemos más que ellos [refiriéndose al comisariado actual]” dice Ingrid Quijano, una joven de 36 años de las más participativas.

Una de las mujeres de mayor edad en el grupo, Doña Conchi, dice claramente: “gracias a esto nos podemos defender y así no nos hacen como ellos quieren, cuando nosotras hablamos nos dicen que no sabemos y que ellos son los que saben, pero cuando tienen que hacer algo no hacen nada.”

Doña Conchi no llega sola a los talleres, la acompañan su hija de 35 años y sus dos nietas, una de 17 y otra de 20, el recambio generacional es una de las preocupaciones fuertes para estas mujeres, me cuentan que quieren ampliar su grupo e integrar a más personas para que también aprendan de la importancia y el valor del ejido.

Existen muchas dificultades para que las mujeres puedan acceder a sus derechos ejidales y comunales, Mitzy Cortés me dice que el problema está en el origen, los pueblos indígenas en general y las mujeres indígenas en particular deben enfrentarse a la burocracia y la centralización institucional, a las prácticas patriarcales de origen en las legislaciones y a las estructuras rígidas para hacer valer sus derechos agrarios.

En sus palabras: “Existe una brecha grande entre las mujeres que tienen acceso a la propiedad de la tierra y las que no, eso es un reflejo de cómo se ha segregado a las mujeres, pero es importante señalar que es algo promovido desde las propias leyes. Por mucho tiempo la ley promovió estás desigualdades y a pesar de que ya existen cambios es muy complicado que estos se reflejen en la realidad”.

Flavio Ayuso recuerda que no se trata sólo del acceso a tierras o parcelas para trabajar, muchas mujeres ya de por sí se dedican al trabajo de la tierra, aunque el estereotipo sobre la separación de roles y tareas de género nos haga pensar lo contrario.

Él señala que: “La violencia estructural en las asambleas es vigente porque en las asambleas se les niega la voz a las mujeres, aun teniendo el derecho agrario. El objetivo ahora en los ejidos es reflexionar sobre el acceso de las mujeres a las tierras y a estos derechos. Al acceder a la tierra pueden participar en el uso de las tierras ejidales, pero no están respaldadas por los derechos ejidales y esto las deja en un estado vulnerable, no se trata sólo del acceso a la tierra, si no a la titularidad de sus derechos agrarios”.

Entre todas las discusiones legales Doña Conchi recuerda lo escencial, me dice que antes iba al ejido sin saber mucho, participaba en las reuniones, pero no se involucraba: “No sabíamos cuál es el valor de las tierras, nos decían: el ejido no sirve, no se puede trabajar, yo me di cuenta de que eso no es cierto, porque ahí se producen los alimentos, ahí tenemos agua, tenemos espacio para andar, un espacio para que nuestros hijos tengan un futuro mejor y que no nos despojen para que después ya no tengamos ni un lugar donde estar.”